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Trámites para apostillar título universitario

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En México, no existe una sola entidad que se encargue de realizar todas las apostillas, sino que unas son hechas por la Secretaria de Gobernación (SEGOB) y otras la Secretaría del Gobierno del Estado.

Los documentos que la SEGOB se encarga de apostillar son todos aquellos expedidos en México por alguna de las siguientes instancias:

  • Dependencias de la administración pública federal
  • Instituciones escolares públicas federales
  • Pólizas, testimonios originales y ratificaciones de firmas por parte de corredores públicos
  • Instituciones escolares incorporadas a la Secretaria de Educación Pública
  • Universidades privadas incorporadas a la Secretaría de Educación Pública

Como seguramente ya habrán deducido tras leer este listado, los trámites para apostillar título universitario hay que hacerlos en la SEGOB, y no en la Secretaría del Gobierno del Estado.

No obstante, en el caso de las instituciones escolares incorporadas a las Secretaría de Educación Pública (SEP) para poder apostillar es necesaria llevar a cabo una certificación previa ate la Unidad Jurídica de dicha Secretaría, la cual debe incluir el nombre del funcionario público que la realiza, así como su cargo y su firma.

Por otro lado, cuando se trata de universidades privadas incorporadas a la SEP que hayan sido expedidos antes de julio de 2010, debe existir una autenticación previa ante la Dirección General de Educación Superior Universitaria de dicha Secretaría, y al igual que en el caso anterior debe contener el nombre, firma y cargo del funcionario público.

En cuanto a los requisitos de los trámites para apostillar título universitario, únicamente se necesita el documento público nacional en original (es decir, el título universitario como tal), una identificación oficial vigente (Credencial para votar (INE), Pasaporte, Cédula Profesional Federal o Cartilla Militar), y efectuar el pago de derechos mediante la llamada Hoja de Ayuda.
Actualmente (2016), el precio del pago de derechos es de $710 pesos mexicanos, tarifa que será vigente hasta diciembre de 2016.

Cabe mencionar que aunque el pago de derechos puede hacerse en cualquier institución bancaria, la SEGOB recomienda no hacerlo ni en Banamex ni en Banorte, esto debido a que en algunos casos los recibos que estos bancos expiden resultan ilegibles.

Como información adicional, cabe señalar que cualquier persona puede realizar el trámite por ti, debiendo presentar el documento original a tramitar, el pago de derechos en original, una identificación oficial y en el caso de ciudadanos mexicanos, su CURP para cotejo.